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May 4, 2026
En este podcast contamos con la intervención de Carlos Tomás Acosta, Arquitecto en EQA Licencias. #EUCA #cvd #licenciadeobra #cambiodeuso #itcu 00:19 Introducción 01:23 ¿Está ya plenamente implantado en El Puerto de Santa María el sistema de colaboración público-privada a través de EUCAs como EQA Licencias Urbanísticas? ¿Qué papel están desempeñando actualmente? 02:28 ¿Qué supone esto en la práctica para un promotor que decide tramitar su expediente a través de una EUCA? 04:23 Desde vuestra experiencia, ¿podrías compartir algún caso de éxito que refleje el impacto real de este modelo en los plazos de tramitación? 05:31 ¿Cómo es el proceso de colaboración entre EQA Licencias Urbanísticas y el interesado a lo largo del expediente? 06:56 ¿Qué papel juega la plataforma Gestiona Licencias en todo este proceso? 08:06 ¿Cuáles dirías que son los principales beneficios de tramitar a través de una EUCA como EQA Licencias Urbanísticas? 10:08 ¿En qué otros municipios está ya implantado este modelo? 11:33 Despedida Buenos días y bienvenidos a “Certifica”, el podcast de EQA. Hoy vamos a hablar de la tramitación de EQA Licencias Urbanísticas como EUCA en El Puerto de Santa María, y para ello contamos con Carlos Tomás Acosta, arquitecto comercial en EQA Licencias Urbanísticas. Buenos días Carlos, que tal estás? Pues vamos a comenzar… La agilización de los procedimientos urbanísticos es uno de los grandes retos a los que se enfrentan actualmente las administraciones y el sector de la edificación. En este contexto, la colaboración público-privada a través de las Entidades Urbanísticas Certificadoras, como EQA Licencias Urbanísticas, está ganando protagonismo como una solución eficaz para reducir plazos y mejorar la eficiencia en la tramitación. Hoy nos centramos en el caso de El Puerto de Santa María (Cádiz), uno de los municipios pioneros en la implantación de este modelo, para entender cómo funciona en la práctica y qué beneficios está aportando a todos los agentes implicados. 1. Carlos, cuéntanos, ¿está ya plenamente implantado en El Puerto de Santa María el sistema de colaboración público-privada a través de EUCAs como EQA Licencias Urbanísticas? ¿Qué papel están desempeñando actualmente? Sí, actualmente el sistema está plenamente operativo en El Puerto de Santa María, en una fase consolidada. Las entidades como EQA Licencias Urbanísticas, actuando como Entidades Urbanísticas Certificadoras de Andalucía (EUCA), estamos interviniendo de forma real y efectiva en la tramitación de expedientes urbanísticos dentro del municipio. La actuación de las EUCAs se sustenta y regula en la ordenanza municipal publicada por el Ayuntamiento del Puerto de Santa Maria, alineándose con lo previsto en la Ley 7/2021 y su reglamento. La ordenanza introduce un modelo de colaboración público-privada, donde las EUCA podemos asumir la revisión técnica del cumplimiento urbanístico de los proyectos. Labor que hasta ahora habían desarrollado de forma exclusiva los servicios municipales. 2. ¿Qué supone esto en la práctica para un promotor que decide tramitar su expediente a través de una EUCA? Pues que un promotor o un estudio de arquitectura puede optar por tramitar su expediente a través de una EUCA, como EQA Licencias Urbanísticas, y obtener un Informe Técnico de Cumplimiento Urbanístico (ITCU) favorable que acredita que el proyecto cumple con la normativa aplicable. Este informe se incorporaría al expediente administrativo con efectos equivalentes al del arquitecto municipal y permite al Ayuntamiento agilizar considerablemente los tiempos, ya que recibe el proyecto ya revisado y validado técnicamente pendiente únicamente del informe jurídico y de la resolución. El procedimiento a través de la EUCAs, por su concepción, mantiene al interesado informado del estado de su proyecto de forma constante, de la documentación que debe subsanar y/o aportar en tiempo real, conociendo en todo momento en qué punto se encuentra su expediente. Por supuesto, el Ayuntamiento sigue manteniendo el control y la competencia final —es quien otorga la licencia o valida la declaración responsable en su caso—, pero lo hace sobre una base mucho más sólida y depurada. En resumen, en El Puerto de Santa María este modelo de colaboración ya no es un futurible, sino una herramienta real que está ayudando a desatascar expedientes, reducir tiempos y mejorar la calidad de la tramitación urbanística. 3. Desde vuestra experiencia, ¿podrías compartir algún caso de éxito que refleje el impacto real de este modelo en los plazos de tramitación? Sí, ya hemos tramitado varios expedientes en El Puerto de Santa María, con resultados muy positivos gracias a la colaboración Ayuntamiento-EUCA. En los casos ya resueltos, los plazos de obtención de la resolución han sido muy reducidos, una vez que se registran en el Ayuntamiento gracias a la validación técnica previa. Por compartir un caso de éxito: hace poco tramitamos una actuación de edificio residencial. Tras el análisis de la actuación y la aceptación de nuestro presupuesto nos pusimos a trabajar resultando el correspondiente ITCU favorable que dio lugar a la emisión de la resolución del expediente en cuestión de días desde la solicitud realizada en el Ayuntamiento. 4. ¿Cómo es el proceso de colaboración entre EQA Licencias Urbanísticas y el interesado a lo largo del expediente? De forma inicial, el cliente nos solicita los servicios para una actuación, y una vez comprobada de forma provisional la viabilidad de esta, le emitimos un presupuesto por nuestra intervención. Damos de alta el expediente en Gestiona Licencias y se le asigna el expediente a un técnico de EQA Licencias Urbanísticas que será quien revise su actuación. Una vez tienen acceso a dicho expediente en la plataforma Gestiona Licencias, el cliente ha de subir toda la documentación de la actuación para que la pueda revistar el técnico asignado. Una vez, se comprueba que esta toda la documentación y que el proyecto es conforme a normativa, se emitiría el informe favorable para incorporar al expediente impulsando el procedimiento en el Ayuntamiento. Una vez se presenta la solicitud del título habilitante por tramite EUCA en la sede electrónica del Ayuntamiento, la resolución de esta es bastante ágil. 5. ¿Qué papel juega la plataforma Gestiona Licencias en todo este proceso? La plataforma Gestiona Licencias es nuestra herramienta de interlocución con el interesado. A través de ella: • El cliente sube toda la documentación solicitada para el título habilitante asignado al expediente abierto para su actuación y el técnico de la EUCA revisa toda la documentación. • Se realizan requerimientos y subsanaciones. • Se emiten los informes y certificados. • Se mantiene trazabilidad completa del expediente. Es un medio ágil que permite la interlocución técnica durante toda la tramitación. 6. ¿Cuáles dirías que son los principales beneficios de tramitar a través de una EUCA como EQA Licencias Urbanísticas? Las principales ventajas que tienen tramitar con EQA LU como EUCA son: • Reducción de plazos de revisión técnica. • Mayor control y seguimiento del expediente. • Comunicación directa y ágil con técnico revisor. • Gestión directa y sencilla mediante plataforma Gestiona Licencias. • Mayor previsibilidad y control del procedimiento. Por tanto, los principales beneficios son: • Reducción significativa de los plazos de tramitación. • Interlocución técnica especializada durante todo el proceso. • Mejor planificación de los tiempos de obra y de inversión. La incorporación de Entidades Urbanísticas Certificadoras (EUC) en Andalucía representa un paso firme hacia el impulso y la agilización de los procedimientos urbanísticos. Gracias al marco normativo autonómico actual (7/2021, su Reglamento 550/2022), se ha habilitado una vía eficaz de CPP para reducir plazos y mejorar la eficiencia administrativa sin perder garantías jurídicas. El respaldo normativo autonómico y local, y el compromiso de municipios pioneros como el de El Puerto de Santa María en contar con esta CPP, consolida un nuevo escenario en el que este tipo de entidades, como EQA Licencias Urbanísticas, juegan un papel clave para servir de apoyo y fortalecer la capacidad operativa de las administraciones locales, mejorando sus servicios y beneficiando a todos los agentes implicados en la tramitación (estudios de arquitectura, los promotores y la administración local). 7. Para terminar, ¿en qué otros municipios está ya implantado este modelo? Actualmente otros municipios en los que estamos implantados y tenemos regulado nuestro funcionamiento como EUCA por medio de ordenanza son: • Sevilla: la ordenanza nos regula para todas las actuaciones que se tramiten por licencia urbanística y por DR, exceptuando de nuestra actuación toda la zona del Conjunto Histórico (salvo Huertas de la Salud). • Málaga: entró en vigor la nueva ordenanza municipal de Licencias Urbanísticas (OMLU) el 30.12.2025, en la que se regulan nuestras funciones como EUCA (en el título cuarto de la OMLU) • Ubrique: delimita todas las actuaciones que se tramiten por licencia urbanística, incluyendo el Conjunto Histórico. (Idéntica a la Ordenanza CPP de El Puerto de Santa María). • Marbella: actuaciones por licencia urbanística y DR, principalmente en residencial unifamiliar y plurifamiliar fuera del Conjunto Histórico. • Cantillana: delimita todas las actuaciones que se tramiten por licencia urbanística, incluyendo el Conjunto Histórico. (Idéntica a la Ordenanza CPP de El Puerto de Santa María). Muchas gracias Carlos por participar en “Certifica”, el podcast de EQA. Desde aquí recordamos que en eqa.es están disponibles todos nuestros podcasts, así como la programación de los webinars gratuitos que impartimos periódicamente. Un saludo,

April 27, 2026
En este podcast contamos con la intervención de Raquel Cárdaba, Responsable Técnico de Calidad y Medioambiente de la Unidad de Negocio Sistemas de Gestión en EQA 00:19 Introducción 01:12 Ahora que la ISO 14001:2026 ya es una realidad, ¿cuáles dirías que son los cambios más relevantes respecto a la versión de 2015? 08:08 Desde la experiencia como entidad certificadora, ¿qué tipo de dudas o dificultades están empezando a surgir en las organizaciones con esta nueva versión? 09:57 ¿Qué impacto práctico va a tener la transición en los sistemas de gestión ambiental ya certificados? ¿Hablamos de ajustes puntuales o de cambios más profundos? 11:10 La nueva norma refuerza aspectos como el cambio climático o la cadena de valor. ¿Cómo deberían las empresas integrar estos elementos en su gestión diaria? 13.26 Para aquellas organizaciones que aún no han empezado, ¿cuáles serían los primeros pasos clave para abordar con éxito la transición dentro del plazo establecido? 15:39 Despedida Buenos días y bienvenidos a “Certifica”, el canal podcast de EQA. La publicación de la nueva ISO 14001 de 2026 marca el inicio de un periodo de transición clave para las organizaciones certificadas. Más allá de la actualización de la norma, muchas empresas se enfrentan ahora a una pregunta práctica: ¿qué cambia realmente y cómo les afecta en su día a día? En un contexto donde el cambio climático y la gestión de la cadena de valor ganan protagonismo, entender estos cambios es fundamental para adaptarse con éxito. Hoy analizamos las principales novedades de la norma y cómo abordar su transición de forma eficaz con Raquel Cárdaba, Responsable Técnico de Calidad y Medioambiente de la Unidad de Negocio “Sistemas de Gestión” en EQA España. Buenos días Raquel, ¿Qué tal estás? 1. Para empezar, ahora que la ISO 14001 de 2026 ya es una realidad, ¿cuáles dirías que son los cambios más relevantes respecto a la versión de 2015? Pues a modo introductorio, modo resumen, indicar que la nueva norma no conlleva una transformación radical, sino que es la respuesta de una evolución estratégica que responde al contexto actual del panorama en el que nos encontramos, donde los principales desafíos son la transformación digital y automatización, nuevas expectativas sociales y medioambientales, la necesidad de resiliencia ante riesgos globales y la dirección. Con todo ello, resaltar que el enfoque principal de esta actualización es sobre todo aclarar y mejorar la comprensión de los requisitos ya existentes y que en la práctica, a priori, no conlleva grandes cambios que exijan un esfuerzo relevante en las organizaciones ya certificadas. Pero ahora bien, ¿cuáles son estos cambios? Pues a ver. A nivel estructural se mantienen los 10 principales puntos que toda norma con estructura de alto nivel contiene, contexto de organización, liderazgo, planificación, pero que si bien algún punto puede sufrir una pequeña variación por una reestructuración o la inclusión de alguna nota aclaratoria, por ejemplo, en el punto 93 de revisión por la dirección. Antes se encontraba de forma global todos los requisitos de entrada y salidas que deberían considerarse en este análisis y la nueva versión se desglosa en 931 generalidades, 932 entradas de la revisión por la dirección y 933 resultados de la revisión por la dirección, pero lo que es a nivel de requisito no ha sufrido cambio. Otro ejemplo puede ser la reestructuración del punto 6 uno de acciones para abortar riesgo y oportunidades, donde ahora específicamente lo desglosan en el punto 61 cuatro, dándole más peso, ya que antes se encontraba en el punto de generalidades, que era un cajón muy amplio. Entonces se le aporta valor a este punto. Ahora, cambios semánticos, hay cambios en ciertas nomenclaturas, tanto para aclarar o reforzar diferentes conceptos que, si bien algunos no impactan en lo que es la interpretación del propio requisito, como puede ser que antes ponía la organización, debe conservar información documentada y ahora indican debe estar disponible de la nueva información documentada o que antes hacían referencia a. La norma, esta norma internacional y ahora indica en este documento, hay otros cambios que sí que pueden repercutir en el sistema de gestión a nivel semántico, como por ejemplo el cambio y la denominación de requisitos legales y otros requisitos que ahora en la nueva norma se denomina obligaciones de compliance, que si bien lo que es los requerimientos. De la norma no va a impactar, pero en la práctica este nuevo concepto es más amplio y se deben identificar y evaluar requisitos ambientales y otros que estén vinculados, como por ejemplo código ético de conducta, más relacionados a lo mejor con lo que es el grano. Otro cambio semántico que repercute en el enfoque de la norma es el de procesos subcontratados, que pasa a ser procesos, productos y servicios proporcionados externamente, el cual nos refuerza la necesidad de considerar a los proveedores y a las subcontratas en la planificación y en la operativa, es decir, en el propio control operacional ambiental que tenemos implantado en la organización. Por último, respecto al proceso de auditoría interna, se aclara el concepto de programa de auditoría de forma independiente. Antes estaba de forma global como dentro del requisito de la norma y ahora lo separan para darle más peso, ya que en muchos puntos a veces se podía confundir con el plan de auditoría. Y ahora es específico que debes tener tu programa de auditoría internas y así como evidenciar su implementación y los resultados de la propia auditoría. ¿Ahora bien, qué cambios son los más sustanciales, los que afectan a nuestros requisitos bajo la norma 14001 del 2026? Pues los englobamos en 3 focos. El primero es la parte de análisis del contexto, donde el cambio se ve en el cuatro, uno contexto de la organización. En el cuatro 2 de partes interesadas y en el punto 52 de la política, en la parte del contexto se incluye que es tal cual que pueden afectar a la organización, tales como niveles de contaminación, la disponibilidad de recursos naturales, el cambio climático, la biodiversidad. O la salud de los ecosistemas, es decir, se incluye expresamente la ampliación que ya había en el 2024 respecto al cambio climático y se complementa con otros ítems que se tienen que reflexionar sobre este análisis, como la disponibilidad de los recursos, las tendencias regulatorias, la biodiversidad, todo ello además reforzado con el anexo de la norma. Respecto a las partes interesadas, se incluye una nota explicativa en la que da mayor énfasis a las expectativas relacionadas con la sostenibilidad, desempeño ambiental, transparencia, como pueden ser requisitos de SG, reportes ambientales y respecto a la política, se incluye dentro de otros compromisos específicos de protección del medio ambiente que se quedaba allí en la persona anterior. Incluye la preservación o conservación de recursos naturales para tenerlo en consideración. Otro cambio de enfoque que trae la nueva norma es la cadena de suministro. Respecto a la determinación del alcance, en el punto cuatro 3, se incluye que a lo largo del ciclo de vida de sus actividades, productos y servicios, nos exige considerar la cadena de suministro dentro de nuestro sistema de gestión ambiental de una forma específica. Además, en el punto 6 uno de aspectos ambientales se incluye que la perspectiva de ciclo de vida debe considerar aspectos e impactos ambientales en cada etapa del ciclo de vida y que dentro de estas etapas puede ser en la adquisición de materias primas, el diseño, la producción, el transporte y la entrega, el uso del tratamiento de. De finalizar la vida útil y la disposición final, es decir, que dentro de la evaluación de aspectos ambientales debemos considerar nuestra cadena de suministro. En este punto, también de aspectos ambientales, se incluye que la organización debe determinar las situaciones de emergencia potenciales, incluidas aquellas que puedan tener un impacto ambiental. Y ya por último, respecto a cambios en este enfoque, el más sustancial, el que yo creo que más puede repercutir, es que se ha incluido el requisito de planificación de cambios en la versión anterior. Si bien se contemplaban distintos puntos de la norma que tenías que tener en cuenta estos cambios en esta nueva versión, el punto 63, como en otras normas como la 9001 de calidad exige ya que cuando la organización determina la necesidad de cambios que afectan o pueden afectar al sistema de gestión ambiental, deben llevarse a cabo de una manera planificada con el fin de que se asegure su gestión de forma adecuada y se pueda lograr los resultados previstos. 2. Desde la experiencia como entidad certificadora, ¿qué tipo de dudas o dificultades están empezando a surgir en las organizaciones con esta nueva versión? Pues la primera y más repetitiva cuestión es de qué plazo disponemos para realizar la transición. Y si bien normalmente los plazos son entre 2 y 3 años, siento decirte que a día de hoy no puedo darte un plazo estimado, ya que dependemos de otros organismos como ENAC para poder adaptarnos a esta nueva norma. Ya que, al igual que las organizaciones, nosotros como entidades certificadoras también tenemos que obtener la acreditación para poder auditar bajo esta nueva versión. ¿Esto qué significa? Que, si son 2 o 3 años, si contamos que salió la norma el 15 de este mes de abril. si. Damos por sentado que será como en la transición anterior de 3 años, será que el antes de mayo del 2029 todas las empresas tendrán que ya estar bajo la nueva versión de la norma. Vale, a día de hoy tampoco conocemos si ya va a suponer tiempos extra de auditoría. Como sí lo fue en la anterior transición. Vale, tras esta pregunta, la siguiente sobre ser: ¿podemos ir ya implantando los cambios o me tengo que esperar a la auditoría de transición? Yo, si hubiese una organización a mi cargo, empezaría ya a hacer un plan de transición para irlo teniendo preparado para el momento en el que se pueda auditar bajo la nueva versión. Estar listos y poder obtener ya el certificado bajo la nueva versión. Y por último, otra pregunta recurrente es si tengo que esperar a la auditoría de renovación para poder hacer la transición. Y la respuesta es que no, que la auditoría de transición es independiente al momento del ciclo en el que nos encontremos, vale. 3. ¿Qué impacto práctico va a tener la transición en los sistemas de gestión ambiental ya certificados? ¿Hablamos de ajustes puntuales o de cambios más profundos? Como hemos comentado en los puntos anteriores, la mayoría de los cambios no impactan de una forma directa en los sistemas de gestión implantados. Si además disponemos de un sistema de gestión robusto, hasta la fecha hemos pasado a nuestras auditorías sin problema a nivel de implantación de metodología, nos supondrá mucho más cambio, más allá que establecer algún procedimiento o extracción. Para la planificación de cambios, pero si ya tienes un sistema robusto, los cambios serán básicamente ampliar el enfoque de lo que tenemos implantado. Por ejemplo, una metodología de análisis de contexto con la herramienta DAFO la podemos mantener perfectamente y lo único que tenemos que es ampliar el foco de análisis valorando los conceptos que hasta la fecha. Puede que no lo estuviésemos haciendo, como es la pérdida de biodiversidad, de recursos o, en el caso de la cadena de suministro, revisar el enfoque del ciclo de vida respecto a las actividades en las que se puede tener influencia, así como los controles operacionales definidos en los distintos puntos de nuestras actividades. 4. La nueva norma refuerza aspectos como el cambio climático o la cadena de valor. ¿Cómo deberían las empresas integrar estos elementos en su gestión diaria? Pues como toda filosofía de la ISO, la norma no te dice cómo tienes que hacerlo, te dice que tienes que hacerlo, pero no el cómo. Entonces no hay una sola forma correcta de llevarlo a cabo. Hay 1000 metodologías. Lo que sí hay que tener en el foco, pues son los conceptos entonces del cambio climático. Tenemos que saber, tenemos que analizar cómo nos puede impactar y cómo nosotros impactamos, que siempre se queda un poco a extensas por una parte o por otra, pero debemos tener los distintos puntos de vistas de cómo el cambio climático depende y dependemos de él. Respecto a la cadena de valor, hemos visto que hay cambios en distintos puntos de la norma, pero de forma general es incluirlo en el ciclo de vida, con ello dentro de nuestro alcance y en el control operacional. Si bien la nueva versión no obliga a realizar un análisis de ciclo de vida de los productos o los servicios. Pide que además de que tú analices tus aspectos ambientales, amplíes el foco y consideres los de tus proveedores, por un lado y por otro lado, los de tus clientes y consumidores, es decir, lo que viene siendo todo el ciclo de tu producto o servicio. En estos casos puedes tomar distintas medidas para abordar. Esta parte de la cadena de valor de la cadena de suministro, por ejemplo, incorporar criterios ambientales en el diseño y desarrollo de productos o servicios, determinar los requisitos ambientales para la compra de productos y servicios y comunicarlos a los proveedores y considerar la necesidad de suministrar información acerca de los impactos ambientales potenciales significativos. asociados con el transporte o la entrega, el uso, el tratamiento, al finalizar la vida útil y la disposición final de sus productos o servicios. Y ya desde un punto de vista algo más objetivo, y que la norma también le da algo más de peso en esta nueva versión, es disponer de datos, indicadores, métricas. Es un punto de partida para cualquier aspecto que queramos tener controlado y es vital ya que nos permite evaluar el desempeño de los procesos de una forma más directa. 5. Para aquellas organizaciones que aún no han empezado, ¿cuáles serían los primeros pasos clave para abordar con éxito la transición dentro del plazo establecido? Lo principal es definir un plan de transición y este plan de transición, primero conocer la norma, familiarizarse con los nuevos conceptos de la 14001 del 2026 y después de diseñar este plan de transición, ver qué recursos establecer un cronograma y con responsables definidos. Ahora estos responsables tendrán que formarse todo el personal que esté involucrado. Entonces habrá distintos cursos como los que aquí en EQA pondremos a disposición para asegurar que todo todos los involucrados entienden estos nuevos lenguajes y los objetivos de esta norma, incluyendo los auditores internos. Por el siguiente paso del plan de transición sería realizar un análisis de qué es lo que tengo hecho hasta ahora y qué es lo que me piden para ver hasta qué punto estoy cumpliendo y qué tengo que fomentar o ampliar, o si tengo que cambiar algún procedimiento y ya luego actualizar procedimientos y registros. Tras realizar un análisis de ver que tengo que modificar y adecuar para cumplir con la nueva versión de la norma, el siguiente paso sería actualizar los procedimientos y los registros, como puede ser el contexto, la matriz de aspectos ambientales, evaluar nuestra cadena de suministro. Revisar si afecta a documentación y plantillas de los registros, lo que viene siendo adaptar lo que es el sistema documental a la nueva versión de la norma y ya por último, planificar la transición con tu entidad certificadora para programar la auditoría, ya sea de seguimiento o de renovación. Y ya por finalizar, aunque esto es un trabajo a priori, realizar una transición conlleva aspectos positivos, como puede ser facilitar la integración con marcos sgy futuros requisitos regulatorios, y es una oportunidad para revisar y perfeccionar el sistema de gestión, asegurándose que. Los requisitos se encuentran actualizados y las expectativas actuales responden a las a las requeridas por las partes interesadas. Y como conclusión final, recordar que no es una actualización radical, sino un cambio cultural que permite mejorar el desempeño ambiental de nuestras organizaciones, considerando el escenario actual, donde la sostenibilidad se convierte en un eje central en la gestión empresarial. Pues muchas gracias, Raquel por participar en “Certifica”, el podcast de EQA. Desde aquí recordamos que en eqa.es están disponibles todos los episodios de “certifica”, así como la programación de los webinars gratuitos que impartimos periódicamente. Un saludo,

March 2, 2026
En este podcast contamos con la intervención de Leyre Soriano, Responsable Técnico de Informes de Sostenibilidad en la Unidad de Negocio Finanzas Sostenibles y Responsabilidad Corporativa de EQA España. #Certifica #Podcast #csrd #VSME #sostenibilidad #sustainability #pymes #omnibus #unióneuropea --------------------------------------------------------------------------------------- 00:19 Introducción 01:07 ¿Qué son la CSRD, paquete ómnibus, Estándar Voluntario de Reporte de Sostenibilidad…? 03:52 ¿Cuál es la situación actual al respecto? ¿Ha habido alguna novedad recientemente? 04:49 ¿Cuáles son los criterios de aplicación de la CSRD? 05:25 ¿Dónde queda el estándar voluntario (VSME) en todo esto? 06:19 ¿Cuál es la situación en España? 10.22 Despedida Buenos días y bienvenidos a “Certifica”, el podcast de EQA. La sostenibilidad ha pasado de ser una cuestión estratégica a convertirse en una obligación regulatoria para miles de empresas en Europa. En los últimos meses hemos oído hablar mucho de la CSRD, del llamado paquete ómnibus y del estándar voluntario de Reporte de Sostenibilidad, términos que están generando dudas y también cierta incertidumbre en el tejido empresarial. Hoy vamos a intentar entender hacia dónde va el reporting de sostenibilidad en Europa. Para ello contamos con Leyre Soriano, Responsable Técnico de Informes de Sostenibilidad en la Unidad de Negocio: Finanzas Sostenibles y Responsabilidad Corporativa. Buenos días Leyre, ¿cómo estás? 1. Pues vamos a empezar y para ello, relacionado con la normativa europea de reporte de sostenibilidad hemos estado escuchando todos los términos que ya hemos adelantado: CSRD, paquete ómnibus, Estándar Voluntario de Reporte de Sostenibilidad … ¿podrías aclararnos un poco cada uno? Primeramente tenemos la CSRD que es una normativa que se aprueba en la Unión Europea en 2022, que sustituye a la previa NFRD, que lo que busca es establecer una serie de pautas y criterios para el reporte de la sostenibilidad dentro de la Unión Europea. El cambio que supone de la NFRD a la CSRD es muy importante porque la CSRD es mucho más profunda de lo que era hasta ahora. Las exigencias son mayores, se amplía como el número de empresas que tendrían que reportar y por lo tanto esto crea muchas diferencias dentro del ámbito corporativo y al final un poco traído por esa presión y también por el hecho de que se considera que la CSRD puede acabar poniendo en cierta manera en peligro la competitividad de las empresas de la Unión Europea con las de otras economías, como puede ser Estados Unidos o China, surge la idea del paquete ómnibus. El paquete ómnibus lo que busca es simplificar una serie de normativas traídas por la Unión Europea, entre las que se encuentra la CSRD. Entonces lo que hace es, en cierta manera, redefinir lo que se había dicho previamente en esas otras normativas para simplificarlas y que no supongan tanta exigencia para las empresas. Por otro lado, el estándar voluntario surge a raíz de que la CSRD, como ya he dicho, cambia el tema de los umbrales y aunque en un principio parecía que iba a ser más exigente, se ha vuelto a simplificar con el paquete de ómnibus, lo cual deja fuera a muchas empresas, principalmente las pequeñas y medianas empresas. También, como la CSRD, exige mucho sobre las cadenas de valor de las grandes empresas, al final ellas van a necesitar esa información de sus proveedores de las pequeñas empresas. Por lo tanto, las pequeñas empresas iban a sufrir un efecto goteo, por así decirlo, respecto a las exigencias de la CSRD con el reporte de sostenibilidad. Entonces, este estándar voluntario se crea para que las empresas pequeñas y medianas, mediante la publicación y el reporte de esta información, cumpliendo con este estándar voluntario, cumplirían con los requisitos de las grandes empresas respecto a la CSRD. Tenemos como un poco estos 3 focos diferentes, por así decirlo, y esas son las principales diferencias entre ellas. 2. Entonces, podría decirse que la directiva ómnibus y el estándar voluntario son consecuencia de la CSRD. ¿Cuál es la situación actual al respecto? ¿Ha habido alguna novedad recientemente? Tenemos información muy reciente, ya que esta misma semana se ha aprobado la directiva ómnibus. Ya ha pasado por todos los órganos de gobierno de la Unión Europea, como tienen que pasar todas estas directivas, y ya ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea. Por lo tanto, dentro de 20 días entrará en vigor oficialmente esta directiva o paquete ómnibus y las medidas que propone que adaptan a la CSRD, por lo tanto, entran en vigor. Y entonces, esto supone que todos los países de la Unión Europea van a tener que transponer durante el próximo año estas adaptaciones que supone el paquete ómnibus con respecto a la CSRD. 3. En ese caso, con la entrada en vigor de la directiva ómnibus, ¿cuáles son los criterios de aplicación de la CSRD? En este caso lo que ocurre es que la CSRD se queda con empresas por encima de los 1000 empleados. Y con unos activos superior a los 450.000.000€. Por lo tanto, como ya he mencionado antes, vemos que la CSRD se va a centrar mucho en lo que son las grandes empresas, las grandes, muy grandes empresas en toda la Unión Europea. 4. Leyre, y ¿Dónde queda el estándar voluntario (VSME) en todo esto? Aunque en un principio se crea y se desarrolla con la idea de que sea específicamente para pequeñas y medianas empresas, realmente parece que lo que va a ser es un poco el sustituto, por así decirlo, o la opción a elegir para todas esas empresas que se quedan fuera de la CSRD, que en este caso sería todas las que están por debajo de los 1000 empleados. A día de hoy, una empresa de 800 empleados la consideraríamos como una empresa grande, pero igualmente se queda fuera de la CSRD. Entonces el estándar voluntario, aunque en un principio estaba muy enfocado en pequeñas y medianas empresas, pues se va a acabar quedando un poco en cubrir todo lo que no cubre la CSRD. Y por lo tanto, no van a ser solo las empresas por debajo de los 250 empleados, sino que van a ser aquellas por debajo de los 1000 empleados. 5. Para terminar, ¿podrías contarnos un poco cual es la situación en España? En España tenemos una situación un poco especial, por decirlo de alguna manera, porque como he mencionado anteriormente, y a partir de ahí ahora con la aprobación del paquete ómnibus y su entrada en vigor, los países van a tener que transponer a sus normativas nacionales esta directiva, como pasa con todas las directivas que vienen de la Unión Europea, luego cada país tiene que transponerla a su propia normativa. Ya pasó en con la ley 11/2018, que es la que tenemos hoy en día para los estados de información no financiera y con la CSRD existía un plazo hasta 2024, que nosotros no hemos cumplido. En España no se ha cumplido. Todavía no tenemos transpuesta la CSRD, sí que se firma un anteproyecto de ley previo a el paquete ómnibus. ¿Cuál creemos que va a ser la situación que se va a dar a partir de ahora? Bueno, es cierto que se tiene como tal oficialmente un año para cumplir el plazo y lo que se va a hacer es crear directamente una directiva que transponga simultáneamente la CSRD y el paquete ómnibus. Si bien es cierto, y quiero dejar bastante en claro esto, porque ya tenemos muchas empresas que están muy preocupadas por este tema y nos preguntan al respecto. Es importante tener en cuenta que cuando hablamos de la CSRD o del paquete ómnibus, hablamos de lo que se ha definido a nivel Unión Europea. El país, o sea, el gobierno de cada país, puede decidir cambiar estos requisitos, es decir, por más que la CSRD en la Unión Europea se haya definido como que tiene que ser para empresas de más de 1000 empleados, el gobierno español a la hora de transponerlo a la normativa nacional puede decidir cambiar ese mural. Es cierto que tiene que tratar de cumplir medianamente con lo que exige la CSRD, pero puede decidir ser más exigente. Y, de hecho, ya lo vimos con la Ley 11/2018, que es más exigente que la transposición que tenían en otros países de la ley previa respecto al reporte de sostenibilidad. Por lo tanto, mi recomendación para las empresas es que, por supuesto, traten de estar informados respecto a cuál es la situación en Europa y lo que se dice, y ahora con la directiva ómnibus, que ya por fin también como que asentamos un poco porque venimos de tener un proceso muy largo en el que no estaba claro qué iba a pasar, no se sabía cuándo se iba a saber algo, etcétera. Ahora que ya por fin esto ha sido definido, tratar de estar al día al respecto, pero tener muy en mente que esto puede cambiar y que hasta que no se defina cómo va a ser la normativa española, no podemos dar nada por sentado. Entonces, también tratar de mantener la calma, aprovechar que además el paquete de ómnibus, entre otras cosas, también lo que ha hecho ha sido congelar los tiempos. Por lo tanto, hasta 2028 existe cierto respiro a nivel europeo para estas adaptaciones de la CSRD. Y, por último, recomendar que trate de ser progresivo. Como ya he dicho, soy consciente de que todavía en España hay muchas cosas que no están claras, pero tratar de adaptarse dentro de lo que se pueda o de ser consciente de qué partes de tu reporte o de tu gestión vas a tener que adaptar para poder cumplir con estas normativas. Echar un ojo a los requisitos o a los indicadores que se piden. Si resulta que a partir de ahora tienes que hacer una doble materialidad y hasta ahora no lo has hecho, es un proceso muy largo y la doble materialidad es una parte muy importante de la CSRD. Tenerla en cuenta, ir analizando cómo se puede realizar ese análisis, etcétera. Es decir, un poco que traten de ir poco a poco adaptándose a esto, porque si no, al final lo que va a pasar es que en el momento en que todo entre en vigor y esté definido va a acabar suponiendo una bofetada, entonces hay que intentar suavizar un poco ese paso. Muchas gracias Leyre, por participar en “Certifica”. Recordamos desde aquí que en eqa.es está disponible la programación de los webinars que impartimos de forma gratuita, y también en nuestra web están todos nuestros podcasts. Un saludo,
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