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“Debo, no niego; pago, lo justo"

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by Teresa Carbajal

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“Debo, no niego; pago lo justo" Por: Teresa Carbajal Cada semana hablaremos de finanzas personales, y cómo salir de deudas con la experiencia del Barzón RC.

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11/20/2020

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January 16, 2021

Salarios desprotegidos

<p>El salario de los trabajadores goza de protección constitucional al quedar exceptuado de embargo, compensación o descuento; así mismo, al determinar que el mínimo debe ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social, cultural y para proveer educación a los hijos.</p> <p>Si a esto sumamos que el texto legal es aún más específico al precisar de manera categórica (artículo quinto, primer párrafo, parte in fine) que nadie puede ser privado del producto de su trabajo sino por resolución judicial.</p> <p>¡No se entiende! entonces porque existen casos de descuentos “automáticos” en el pago quincenal, mensual, incluso en pensiones jubilatorias de quienes sin haber sido previamente oídos y sentenciados en juicio al pago, se ven privados del ingreso que perciben, derivado del impago de un préstamo.</p> <p>Clarifico con un ejemplo, en el mes de diciembre, (mes en el que por costumbre se percibe un ingreso adicional que es el aguinaldo) se registró un alza considerable en las pérdidas que sufrieron los trabajadores que por motivo de pandemia dejaron de pagar puntualmente sus tarjetas de crédito, al ver descontado de su pago mensual el importe correspondiente a los meses o réditos caídos del período en el cual no pudieron pagar de manera completa o puntual sus pagos mínimos.</p> <p>De igual manera sucedió con quienes participaron en los planes y programas de diferimiento de los bancos, quienes al vencimiento de los plazos y sin previo aviso u oportunidad de ir por propio pie a abonar lo acordado, se sorprendieron al ver que dichos pagos se habían ya cobrado “a lo chino” de sus respectivas cuentas de débito con fondos que apenas sí alcanzaron para pagar ‘lo del programa’ y sus respectivos intereses.</p> <p>Peor aún resulta el caso que nos expuso para revisión un médico en busca de ayuda por la cobranza abusiva que padece de parte de una financiera que por motivos de cuantía, ya no alcanza a cobrar de manera mensual y automática de su pensión, pues como ‘acreedores automáticos’ de su nómina tiene a otras dos financieras que “consumen” el cien por ciento de su salario, sin dejarle incluso para comer. Deuda sobre deuda a la que llegó porque de manera permanente estas financieras le ofrecen reestructura sobre reestructura de su crédito dejándole cada vez un margen menor de su propio sueldo para subsistir…</p> <p>El Estado ya no puede seguir permitiendo que se lleven a cabo contratos en donde se pacte o convenga de un modo desventajoso –en perjuicio- del trabajador el menoscabo o la pérdida irrevocable del derecho de hacer uso de su sueldo.</p> <p>Porque esto representa un atentado contra la libertad, la dignidad, el derecho al salario mínimo, como valores superiores de tutela que deben permanecer por el bien del Estado de Derecho y de la paz social, por encima del interés de los particulares.</p> <p>Es verdad, todos necesitamos de créditos y financiamientos extraordinarios en algunos casos, porque el sueldo o los ingresos no alcanzan para cubrir con suficiencia las necesidades una familia en condiciones dignas por motivos que en otro momento analizaremos, pero que se resumen a la deuda que el Estado tiene para con nosotros en materia de salud, de vivienda, de educación, etc.</p> <p>Motivos por los cuales tenemos que echarnos a cuestas deudas que nos apoyen a sobrellevar los gastos y el sustento diario, sin embargo ninguna deuda debe imponernos una renuncia a nuestra libertad en ningún sentido, mucho menos privarnos del salario porque esto contribuye sin duda al empobrecimiento.</p> <p>Esta pandemia impone la tarea de revisar la operación de las políticas de financiamiento privado y la creación de leyes y políticas públicas que permitan dar vigencia y eficacia al Mandato Constitucional que está por encima de cualquier ley ordinaria.</p> <p><br></p> <p><br></p>

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January 15, 2021

Cuesta de Enero

<p><strong>DEBO NO NIEGO; PAGO LO JUSTO</strong></p> <p><strong>Teresa Carbajal</strong></p> <p><strong>Después de haber sobrevivido al 2020</strong> nos encontramos de frente a la primera curva del año en la que desde siempre se han puesto a prueba nuestras estrategias financieras para comenzar sin preocupaciones económicas mayúsculas un nuevo ciclo, sólo que a diferencia de los anteriores en ésta ocasión venimos del inicio de una crisis sin precedentes.</p> <p><strong>Endeudados, sin ahorros, y en algunos casos sin ingresos logramos terminar un año</strong> que se caracterizó por las consecuencias de la enfermedad en el plano económico; <strong>cierres, quiebras, despidos, falta de ventas y nuevas deudas provocaron la incertidumbre de las familias</strong> por la incapacidad para responder de las necesidades de sus integrantes.</p> <p>Sin duda en breve tendremos los informes oficiales que nos confirmarán que <strong>una mayor brecha de desigualdad se abrió entre quienes pudieron conservar su empleo trabajando desde casa, contra quienes por cuestiones de vulnerabilidad y riesgo se vieron impedidos para continuar su actividad</strong> de salir a las calles para buscar sustento diario, haciendo más pobres a los pobres.</p> <p>En ambos casos <strong>tuvimos que aprender una nueva forma de afrontar la vida para ponerla en práctica todo el 2021</strong>; el que ya nos recibe con aumentos de precios en productos de la canasta básica y una primera plana diaria en impresos de <strong>voces de auxilio de representantes de</strong> <strong>diversos gremios que por ser clasificados como no esenciales se encuentran al borde de la quiebra definitiva.</strong></p> <p><strong>Sin embargo una gran lección que por ningún motivo debemos olvidar es que mientras haya vida y salud habrá esperanza, y habrá solución para cualquier problema</strong> incluso de tipo económico, de esos que parecen imposibles; pues tal parece que <strong>la cartera vencida, el impago, las deudas, los embargos, la cobranza y demás también habrán de marcar este nuevo año</strong> en el que la enfermedad sigue presente.</p> <p>Por ello es importante recordar que no se debe sucumbir al terror de la cobranza cuando se torna abusiva, que <strong>ninguna deuda puede arrebatarnos la libertad, ni la dignidad</strong>; pues nada está por encima del respeto a nuestros derechos esenciales de los que gozamos por el solo hecho de ser humanos, personas con derechos y libertades consagradas en nuestro Máximo orden legal que es la Constitución General de la República.</p> <p>De ahí la importancia de <strong>mantenernos siempre informados y debidamente asesorados para saber cómo defender nuestro patrimonio</strong> desde el ámbito familiar, laboral, o de nuestra comunidad, espacios en dónde es frecuente que se presenten actos que pueden irrumpir en nuestra paz personal.</p> <p>Ya hemos dado en ocasiones anteriores pláticas y talleres sobre cómo enfrentar la cobranza abusiva, así mismo <strong>desde el 2014 el Barzón opera la Cruzada Estatal para prevenir los abusos de los despachos de cobranza.</strong> Este año estamos programando ya la segunda etapa de la Jornada Estatal para la Protección y Defensa del Patrimonio Familiar que inicio el 27 de agosto de 2020, que incluirá más charlas y talleres sobre el tema pero en el campo de embargos y cobros judiciales, les pido que estén atentos al seguimiento de estos temas para estar mejor preparados en el conocimiento de tus derechos como deudor.</p> <p><strong>Éste es nuestro compromiso social de ayuda a la ciudadanía para enfrentar juntos la crisis, ¡Feliz año a todos!</strong></p> <p><strong>Llama al 2281148502, visite&nbsp; </strong><a href="http://www.elbarzonrc.org/"><strong>www.elbarzonrc.org</strong></a></p> <p><br></p>

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December 22, 2020

¿Por qué funciona la cobranza abusiva?

<h1>¿Por qué funciona la cobranza abusiva?</h1> <p><strong>Con datos oficiales</strong> al cierre del mes de junio los reclamos por conductas ilegales y abusos cometidos por cobradores aumentaron 98%; las solicitudes de asesoría en este tema ocupan ya el segundo lugar del universo de quejas de usuarios.</p> <p>Sin duda, consecuencia de la pandemia y de la insolvencia de este inédito 2020, la baja expectativa por recuperar la cartera vencida ha propiciado la desesperación de volver a prácticas del pasado. Cabe recordar que la cobranza es una actividad lícita que se torna ilegal cuando se vicia con prácticas indebidas que rompen con la paz social, lesionan derechos humanos y hieren, en consecuencia, la dignidad de las personas.</p> <p>Para erradicarla no ha sido suficiente el derecho positivo que actualmente da las reglas básicas con las que deben operar todos aquellos dedicados a esa actividad y las sanciones previstas para los infractores.</p> <p>Pero ¿por qué vuelven esas prácticas? El caso pareciera sencillo de dilucidar, pero hay un trasfondo emocional, un efecto intangible en los destinatarios de los actos de hostigamiento, acoso y violencia verbal, un certero ataque a su dignidad: el miedo.</p> <p>Miedo a perder sus bienes, su trabajo, su familia, miedo del futuro de lo que vendrá, de lo que no se sabe por ahora. ¿Y después?, la vulnerabilidad de las personas a partir de la cual suceden todo tipo de atropellos, por lo que lo grave del asunto no es en sí el exceso en el requerimiento, sino lo que éste produce.</p> <p>La pandemia convirtió en deudor al más puntual de los “totaleros”, hoy el más cumplido y organizado no tiene modo de saber cuándo podrá pagar. Por ello resulta necesario un breve repaso de las reglas de lo que está prohibido para quienes se enfrentan por primera vez a la moratoria, al contacto telefónico, que es el medio más utilizado para estos fines.</p> <p>De ningún modo está permitido extender las llamadas, mensajes o recordatorios del impago a personas que resulten ajenas o extrañas (terceros) a la deuda; entiéndase compañeros de trabajo, amigos, referencias, contactos de Facebook, patrones, familia o empleados del interesado; mucho menos ofenderlos, amenazarlos, intimidarlos, darles a conocer información privada sobre la deuda o el deudor, debiendo proteger los datos personales conforme a la normativa aplicable.</p> <p>Una vez cerciorado de la identidad del buscado, interesado (titular) de la cuenta, deben dirigirse a éste de manera respetuosa y proporcionarle nombre completo de quien le habla, el despacho para el que trabaja, datos de localización de domicilio, número telefónico, nombre de la financiera que otorgó el crédito, el contrato u operación motivo de la deuda en que se basa la cobranza, monto del adeudo, fecha del cálculo y condiciones para liquidar, documentando por escrito todo acuerdo al que se llegue.</p> <p>No utilizar números privados o que dificulten su identificación y así mismo proporcionar datos de contacto de la unidad administrativa por parte de la financiera que recibirá las quejas por malas prácticas de cobranza.</p> <p>Todas las gestiones de cobro a través de visitas, llamadas telefónicas o correspondencia deben dirigirse al domicilio y número que les proporcionó el acreditado; deben abstenerse del envío de documentos que utilicen denominaciones que asemejen ser instituciones públicas. Y sólo podrá recibir el pago quien otorgó el préstamo.</p> <p>Deber no te convierte en delincuente, pues no es una negativa, así que no tengas miedo y mejor infórmate. Llama al 2281148502.</p> <p>Web:</p> <p>www.elbarzonrc.org</p> <p>Correo:</p> <p>elbarzonrc@yahoo.com.mx</p> <p>Redes:</p> <p>@terecarbajal</p>

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“Debo, no niego; pago lo justo" Por: Teresa Carbajal

Cada semana hablaremos de finanzas personales, y cómo salir de deudas con la experiencia del Barzón RC.

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